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García de la Vega, expulsado por los Gálvez en la última Junta General de Accionistas. V. Vicéns / AGM
El TAS dice que el Real Murcia es de García de la Vega

El TAS dice que el Real Murcia es de García de la Vega

El Tribunal de Arbitraje Deportivo da por buena la cláusula reflejada en el contrato de compraventa suscrito entre Raúl Moro y el empresario mexicano y la ejecución de la misma el pasado 7 de marzo

José Otón

Murcia

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Martes, 31 de julio 2018, 20:15

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Ya hay veredicto del TAS: el Real Murcia es de Mauricio García de la Vega. El Tribunal de Arbitraje Deportivo da por buena la cláusula reflejada en el contrato de compraventa suscrito entre Raúl Moro y el empresario mexicano y la ejecución de la misma el pasado 7 de marzo. El tribunal, que escuchó a las dos partes el pasado 26 de julio ha dictado resolución en un corto espacio de tiempo y ahora es el CSD (Consejo Superior de Deportes) el que tiene que tramitar la compra del Real Murcia por parte del empresario mexicano, que ha estado varios meses sin poder entrar a las oficinas del club ni tampoco acceder a las cuentas de la entidad.

Cabe recordar que solo unos días después del mencionado 7 de marzo Raúl Moro intentó revocar dicha opción de compra y obligó a García de la Vega a abandonar las oficinas del club grana en las que ejercía de gestor. Después, el propio Raúl Moro abrió la puerta del equipo grana a Víctor Gálvez, que entró a formar parte del Consejo del club grana y que posteriormente compró su paquete accionarial al propio Moro, que según el TAS vendió el Real Murcia dos veces.

En la resolución, fechada hoy, el TAS declara que «el 7 de marzo de 2018 se produjo el perfeccionamiento del contrato de compraventa de acciones de la sociedad Real Murcia, transmitiéndole la propiedad de todas las acciones de la que era titular Corporación Empresarial Augusta (empresa de Moro), en favor de Iconos Nacionales (empresa de García de la Vega)».

El Tribunal Deportivo, a su vez, obliga a Moro al «cumplimiento forzoso del contrato de opción de compra de 13 de diciembre de 2017», además de realizar «todos los actos necesarios para materializar la transmisión de acciones en favor de Iconos Nacionales». Cabe recordar que los laudos del TAS no son recurribles y son solo revisables ante el Tribunal Federal Suizo que, en todo caso, solo podría obligar a las partes a volver a emprender un nuevo proceso en el TAS.

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